Resolución Nº 19/82 - Reglamento del Decreto Ley Nº 52, de expedición y control de licencia de armas. País/Territorio Cuba Tipo de documento Reglamento Fecha 1982 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial, 3 de julio de 1982, págs. 662-668. Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Caza/captura Armas de caza/métodos de caza Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Autorización/permiso de caza Normas Derechos/cánones Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Resumen ento, que consta de 10 capítulos, 25 artículos, 2 disposiciones especiales, 1 transitoria y 1 final, tiene por objeto regular la expedición y control de la licencia de armas. Las solicitudes de licencias se harán en la unidad municipal de la policía nacional del municipio en que radica el domicilio del solicitante. Para la obtención de la licencia que autoriza la posesión, uso y transporte de armas no estriadas destinadas al deporte de la caza se necesita, entre otros requisitos, la certificación de la Unión de Cazadores de Cuba, así como la certificación de la Dirección Municipal del Instituto Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Decreto Ley Nº 52 - Expedición y control de licencia de armas. Legislación | Cuba | 1982 Palabra clave: Caza/captura, Armas de caza/métodos de caza, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Fuente: FAO, FAOLEX