Resolución Nº 19/2010 - Establécese que la comercialización de semilla de arroz deberá corresponder exclusivamente a la clase fiscalizada. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2010 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 31.864, 16 de marzo de 2010. Materia Cultivos Palabra clave Cereales/granos/arroz Comercio interior Cultivos/praderas Productos agrícolas Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Resolución dispone que la semilla de arroz que se comercialice para abastecer la siembra a partir de la campaña relativa a los años 2011 y 2012 deberá corresponder exclusivamente a la clase fiscalizada. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar