Resolución Nº 190 - Procedimiento para la importación de productos de uso veterinario donados a instituciones públicas. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2014 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 553, 28 de julio de 2015. Materia Ganado Palabra clave Sanidad animal Medicamentos Comercio internacional Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece el Procedimiento para la importación de productos de uso veterinario donados a instituciones públicas, siempre que se acredite que no es para fines de lucro y que se encuentra dentro de un Programa de Salud Animal o Salud Pública. Los productos de uso veterinario que sean sujetos de donación deberán tener en su composición garantizada principios activos o sustancias biológicas, de las cuales se tenga experiencia o conocimiento de su uso en Ecuador. Todos los productos de uso veterinario que sean sujetos de donación deberán constar en su etiqueta la siguiente frase “PROHIBIDA SU VENTA”. Texto completo Español Página web www.registroficial.gov.ec Referencias - Legislación Revocado por Resolución Nº 3 - Manual para el registro de empresas y productos de uso veterinario. Legislación | Ecuador | 2017 Palabra clave: Sanidad animal, Medicamentos, Hormonas/esteroides, Higiene/procedimientos sanitarios, Registro, Comercio interior, Alimentos para animales/piensos, Toxicidad/envenenamiento, Límite máximo de residuos, Institución Fuente: FAO, FAOLEX