Resolución Nº 183 - Normas de seguridad de las barcazas con o sin propulsión que presten el servicio de transporte de hidrocarburos. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2013 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 138, 5 de diciembre de 2013. Materia Medio ambiente gen., Mar Palabra clave Contaminación marina Navegación Transporte/depósito Hidrocarburos Contaminación oleosa Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución aprueba las Normas de seguridad y los requisitos de las barcazas con o sin propulsión que prestan el servicio de transporte de hidrocarburos en la jurisdicción de las superintendencias de los terminales petroleros. El servicio de transporte de hidrocarburos a través de barcazas sin propulsión será realizado con un remolcador acoplado a la popa, formando un conjunto con movilidad o autopropulsión, el cual se someterá a las normas vigentes para las naves que transportan hidrocarburos. Texto completo Español Página web www.registroficial.gob.ec