Resolución Nº 1.772 - Requisitos para el registro de los zoocriaderos que manejan especies incluidas en el Apéndice I de la Convención CITES. País/Territorio Colombia Tipo de documento Reglamento Fecha 2010 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 47.835, 17 de septiembre de 2010. Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Cría en ranchos/cría en cautividad Especies en peligro Fauna silvestre Caza/captura Higiene/procedimientos sanitarios Autorización/permiso Autorización/permiso de caza Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Registro Reptiles Protecíon de las especies Comercio de especies Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece los requisitos para adelantar la fase comercial y su registro ante la Secretaría CITES de los zoocriaderos en ciclo cerrado que cuenten con licencia ambiental o plan de manejo ambiental en fase experimental y que manejan especies incluidas en el apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Texto completo Español Página web www.imprenta.gov.co Referencias - Legislación Enmendado porr Resolución Nº 1.316 - Modifica la Resolución Nº 1.772, sobre requisitos para el registro de los zoocriaderos que manejan especies incluidas en el Apéndice I de la Convención CITES. Legislación | Colombia | 2014 Palabra clave: Cría en ranchos/cría en cautividad, Especies en peligro, Fauna silvestre, Caza/captura, Higiene/procedimientos sanitarios, Autorización/permiso, Autorización/permiso de caza, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Registro, Reptiles, Protecíon de las especies, Comercio de especies Fuente: FAO, FAOLEX