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Resolución Nº 17 - Medidas de uso del agua cruda para uso recreativo durante el carnaval y otras festividades durante la estación seca.

País/Territorio
Panamá
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Gaceta Oficial Nº 28.458, 2 de febrero de 2018.
Materia
Agua
Palabra clave
Aguas continentales Agua de uso recreativo Escasez de agua/sequía Autorización/permiso
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución dispone que no se permitirá el uso de agua cruda para uso recreativo de las fuentes subterráneas (pozos y acuíferos), en el carnaval o cualquier otra festividad hasta el 31 de mayo de 2018. Solo se permitirá el uso de agua cruda para uso recreativo en el carnaval o cualquier otra festividad durante la estación seca de 2018, en los puntos autorizados por MiAMBIENTE y con el correspondiente permiso temporal para uso de agua recreativo en carnavales. Los puntos autorizados por MiAMBIENTE estarán ubicados en ríos con suficiente caudal, aguas debajo de las tomas de aguas de las potabilizadoras, sin afectar usos prioritarios. La calidad de agua para efectos recreativos deberá ser verificada previamente por el Ministerio de Salud (MINSA).

Texto completo
Español
Página web
www.gacetaoficial.gob.pa