Resolución Nº 166 - Requisitos fitosanitarios para importación de granos de maíz procedentes de la Guatemala. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 592, 8 de diciembre de 2011. Materia Alimentación y nutrición, Cultivos Palabra clave Higiene/procedimientos sanitarios Cereales/granos/arroz Comercio internacional Procesamiento/manipulación Soberanía alimentaria Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Productos agrícolas Protección vegetal Materiales de propagación/semillas Plagas/enfermedades Certificación Producción vegetal Cultivos/praderas Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece los requisitos fitosanitarios para importación de granos de maíz (Zea mays L.) para consumo o uso industrial procedentes de la Guatemala, con una certificación que señale que el material está libre de Acidovorax avenae subsp. avenae, Bipolaris zeicola, Cephalosporium maydis, Peronosclerospora sorghi, Caulophilus oryzae y Prostephanus truncatus. Texto completo Español Página web www.tribunalconstitucional.gov.ec