Resolución Nº 16/2022 - Aprueba para la actividad de pesca comercial no estatal el desembarque de las especies de gran porte. País/Territorio Cuba Tipo de documento Reglamento Fecha 2022 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial Nº 38, de 11 de abril de 2022. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces cartilaginosos Desembarco Peces marinos Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Entry into force notes La presente Resolución entra en vigor a los 180 días naturales de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. Resumen La modalidad de pesca comercial no estatal es reconocida en el Artículo 14.1, inciso b) de la Ley 129 “Ley de Pesca”, de fecha 13 de julio de 2019 donde se establece que puede ser ejercida como actividad por cuenta propia y por otras formas de gestión no estatal. La presente Resolución aprueba para la actividad de pesca comercial no estatal el desembarque de las especies de gran porte, a saber tiburones, batoideos y peces óseos que procedan de la siguiente manera: Batoideos: Entero o en bandas, para esta última se realiza un corte desde la aleta ventral hasta el rostro, pasando por el espiráculo como se muestra en el Anexo I-A que forma parte integrante de la presente. Tiburones y peces óseos cuya talla sea superior a 100 cm de largo total: Desembarcar entero o en bandas, garantizando que todo el animal llegue hasta puerto y pueda ser identificado tal como se describe en el Anexo I-B. Texto completo Español Página web www.gacetaoficial.gob.cu