Resolución Nº 158/011 - Dispónense exigencias en materia higiénico-sanitaria, en virtud de la presencia de fiebre aftosa en la República del Paraguay. País/Territorio Uruguay Tipo de documento Reglamento Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 28.320, 3 de octubre de 2011. Materia Ganado Palabra clave Sanidad animal Plagas/enfermedades Higiene/procedimientos sanitarios Transporte/depósito Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Resolución establece algunas medidas higiénico-sanitarias, en razón del brote de fiebre aftosa en la República del Paraguay. En particular, dispone la obligatoriedad del lavado y la desinfección de todos los vehículos terrestres y contenedores provenientes de la República del Paraguay, que ingresen al territorio nacional como importación o en tránsito a terceros países, dentro del recinto portuario o paso de frontera de ingreso al país. Texto completo Español Referencias - Legislación Revocado por Resolución Nº 120/012 - Déjanse sin efecto, la Resolución 158/011 y los numerales 3 y 4 de la Resolución 2/012, relativas a las medidas higiénico sanitarias adoptadas por nuestro país, en virtud de la presencia de fiebre aftosa en la República del Paraguay. Legislación | Uruguay | 2012 Palabra clave: Sanidad animal, Plagas/enfermedades, Higiene/procedimientos sanitarios, Transporte/depósito Fuente: FAO, FAOLEX