Resolución Nº 15/2022 - Reglamento del Registro de las Aguas Terrestres. País/Territorio Cuba Tipo de documento Reglamento Fecha 2022 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial No. 31 Ordinaria de 18 de marzo de 2022. Materia Agua Palabra clave Registro Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Manejo de recursos hídricos Aguas superficiales Aguas subterráneas Instalaciones Abastecimiento de agua Control de la contaminación Contaminación de las aguas dulces Manejo integrado Escasez de agua/sequía Derechos de agua Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Entry into force notes Esta disposición entra en vigor a los 90 días posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. Resumen El presente Reglamento tiene por objeto instrumentar el funcionamiento del Registro de las Aguas Terrestres, con lo dispuesto en la Ley 124 “De las Aguas Terrestres” y el Decreto No. 337 “Reglamento de la Ley 124 de las Aguas Terrestres”, así como regular su organización y las atribuciones del personal a su cargo. El Registro es público, tiene carácter declarativo y persigue los siguientes objetivos: a) El ordenamiento, la inscripción y el tracto sucesivo de los actos jurídicos relacionados con la gestión integrada y sostenible de las aguas terrestres y su publicidad; b) la elaboración de inventarios de categorías resultantes de los actos jurídicos referidos en el inciso anterior con relevancia registral; y c) la elaboración de inventarios de otras categorías registrables derivadas de la gestión integrada y sostenible de las aguas terrestres. 2. El Registro es de permisos y licencias. Texto completo Español Página web www.gacetaoficial.cu