Resolución Nº 15/2016 - Veda de verano para la explotación de la especie merluza (Merluccius hubbsi) en la Zona Común de Pesca. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial de la República Argentina Nº 33.533, 29 de diciembre de 2016, pág. 15. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Temporadas Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Mediante esta Resolución la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo prohíbe la pesca de la especie merluza (Merluccius hubbsi), así como la utilización de todo tipo de artes de pesca de fondo en el sector de la Zona Común de Pesca delimitado por los puntos geográficos especificados en el artículo 1º. La prohibición rige desde el 1º de enero al 31 de marzo de 2017 inclusive. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar