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Resolución Nº 15/2007 - Normativa de Cacería en la República Dominicana.

País/Territorio
República Dominicana
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2007
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Palabra clave
Autorización/permiso de caza Caza/captura Fauna silvestre Protecíon de las especies
Área geográphica
Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo
Resumen

Esta Resolución establece la Normativa de Cacería en la República Dominicana. En virtud de las atribuciones conferidas al Secretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales por la Ley Orgánica de Secretarías de Estado No. 4378 de 10 de febrero de 1956, la Ley No. 64/00 y la Ley No. 202/04, se prohibe toda actividad que conduzca a la captura, muerte, hostigamiento, mutilación o apresamiento de animales de la fauna silvestre, así como la recolección de huevos, nidos, partes y sus derivados en todo el territorio nacional. Para los fines de esta resolución, los tipos de cacería a considerar son: de Control, Deportiva, Científica y de Subsistencia. Se exceptúan de esta disposición, para los fines de Cacería de Control, Deportiva y de Subsistencia en las áreas indicadas, las especies incluidas en la tablas anexadas.

Texto completo
Español
Página web
www.consultoria.gov.do