Resolución Nº 15/2007 - Normativa de Cacería en la República Dominicana. País/Territorio República Dominicana Tipo de documento Reglamento Fecha 2007 Fuente FAO, FAOLEX Materia Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Autorización/permiso de caza Caza/captura Fauna silvestre Protecíon de las especies Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Resumen Esta Resolución establece la Normativa de Cacería en la República Dominicana. En virtud de las atribuciones conferidas al Secretario de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales por la Ley Orgánica de Secretarías de Estado No. 4378 de 10 de febrero de 1956, la Ley No. 64/00 y la Ley No. 202/04, se prohibe toda actividad que conduzca a la captura, muerte, hostigamiento, mutilación o apresamiento de animales de la fauna silvestre, así como la recolección de huevos, nidos, partes y sus derivados en todo el territorio nacional. Para los fines de esta resolución, los tipos de cacería a considerar son: de Control, Deportiva, Científica y de Subsistencia. Se exceptúan de esta disposición, para los fines de Cacería de Control, Deportiva y de Subsistencia en las áreas indicadas, las especies incluidas en la tablas anexadas. Texto completo Español Página web www.consultoria.gov.do