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Resolución Nº 150/2002 - Restablécese el Programa de Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina en todo el país. Exigencias mínimas de cumplimiento. Vacunación antibrucélica obligatoria bajo el sistema de simultaneidad con las campañas de vacunación antiaftosa.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2002
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial Nº 29.838, 14 de febrero de 2002, pág. 6.
Materia
Ganado
Palabra clave
Sanidad animal Plagas/enfermedades Bovinos Vacunación
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Resolución restablece el Programa de Control y Erradicación de la Brucelosis Bovina en todo el país, el cual incluye las exigencias mínimas de cumplimiento para todo el territorio nacional, sin perjuicio de la facultad de las Comisiones Provinciales de Sanidad Animal (COPROSAS) de presentar los planes que superen las exigencias mínimas, a fin de lograr la erradicación definitiva de la enfermedad. La Resolución dispone en tema de vacunación antibrucélica obligatoria.

Texto completo
Español
Página web
www.infoleg.gov.ar

Referencias - Legislación

Implementa

Ley Nº 24.696 - Declárase de interés nacional el control y erradicación de la enfermedad reconocida como Brucelosis (Brucella Abortus) en las especies bovina, suina, caprina y otras en todo el Territorio Nacional.

Legislación | Argentina | 1996

Palabra clave: Sanidad animal, Plagas/enfermedades, Bovinos, Ovinos/caprinos, Porcinos, Institución

Fuente: FAO, FAOLEX

Revocado por

Resolución 67/2019 - Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina.

Legislación | Argentina | 2019

Palabra clave: Agricultura familiar, Explotación agrícola, Sanidad animal, Bovinos, Plagas/enfermedades, Política/planificación, Transporte/depósito, Certificación, Inspección, Vacunación

Fuente: FAO, FAOLEX