Resolución Nº 148 - Reglamento de control de la instalación y funcionamiento de las granjas avícolas. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 1995 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 696, 16 de mayo de 1995, págs. 1-4. Materia Ganado Palabra clave Aves de corral Higiene/procedimientos sanitarios Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo que consta de 8 artículos clasifica las granjas avícolas en cuatro clases: a) granja de reproducción para producción de huevos fértiles destinados a la incubación artificial; b) granja de producción comercial de huevos para consumo humano; c) granja para la producción comercial de pollos de engorde; y d) granjas de otras especies aviares (pavos, patos, codornices, etc.) (art. 1º). Tales establecimientos están obligados a obtener el registro bianual (art. 2º). El artículo 3º elenca las condiciones específicas de los edificios gallineros de las aves, y el artículo 4º las especificaciones para el aislamiento sanitario de las granjas. Las especificaciones de las granjas de reproducción vienen especificadas en el artículo 5º, y las disposiciones de bioseguridad y de higiene en general en el artículo 6º. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Acuerdo Nº 18 - Modifica el Acuerdo Nº 148 de 1995. Legislación | Ecuador | 1998 Palabra clave: Sanidad animal, Aves de corral, Normas Fuente: FAO, FAOLEX Revocado por Decreto Nº 3.609 - Reglamento de control de la instalación y funcionamiento de las granjas avícolas (Libro II, Título II del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio de Agricultura y Ganadería). Legislación | Ecuador | 2003 (2011) Palabra clave: Producción animal, Aves de corral, Higiene/procedimientos sanitarios, Entidad no gubernamental, Inspección, Reproducción animal, Transporte/depósito, Protección del hábitat, Protecíon de las especies, Animal dañino/animal peligroso, Especies exóticas Fuente: FAO, FAOLEX