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Resolución Nº 143-2018-PRODUCE ─ Establece Límite Máximo Total de Captura para Consumo Humano Directo (LMTCCHD) del recurso anchoveta para el año 2018.

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano, 6 de abril de 2018.
Materia
Alimentación y nutrición, Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Peces marinos Asignación/cuota Manejo y conservación pesquera Seguridad alimentaria Productos pesqueros
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución establece como Límite Máximo Total de Captura para Consumo Humano Directo (LMTC-CHD) del recurso anchoveta para el año 2018 en 300 000 toneladas, correspondiente a todo el litoral, que comprende a la Zona Norte - Centro y la Zona Sur, conforme a lo previsto en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la anchoveta para Consumo Humano Directo aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2017-PRODUCE, los mismos que se destinarán exclusivamente para consumo humano directo. La fecha de conclusión de las actividades extractivas será una vez alcanzado el referido Límite, o en su defecto, cuando el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) lo recomiende por circunstancias ambientales o biológicas.

Texto completo
Español
Página web
www.elperuano.com.pe