Resolución Nº 14/15 - Requisitos del sellado obligatorio individual del huevo de plato o de mesa. País/Territorio Nicaragua Tipo de documento Reglamento Fecha 2015 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 208, 3 de noviembre de 2015. Materia Ganado, Alimentación y nutrición Palabra clave Productos de aves caseras Envasado/etiquetado Rastreabilidad/rastreo de productos Registro Comercio interior Comercio internacional Higiene/procedimientos sanitarios Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Aves de corral Producción animal Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Acuerdo establece los requisitos del sellado obligatorio individual del huevo de plato o de mesa y el registro de los proveedores, como herramientas para facilitar el control sanitario y coadyuvar a su trazabilidad. Se aplica a la producción nacional y a las importaciones de huevo de plato o de mesa, procedentes de granjas avícolas de postura. Texto completo Español Página web www.lagaceta.gob.ni Referencias - Legislación Implementa Acuerdo Nº 3/09 - Crea el Programa Nacional de Trazabilidad Agroalimentaria. Legislación | Nicaragua | 2009 Palabra clave: Institución, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Higiene/procedimientos sanitarios, Productos agrícolas, Rastreabilidad/rastreo de productos, Comercio interior, Envasado/etiquetado, Recopilación de datos/informes, Acceso-a-la-información, Registro, Procesamiento/manipulación, Alimentos para animales/piensos, Producción animal, Producción vegetal, Materiales de propagación/semillas Fuente: FAO, FAOLEX