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Resolución Nº 14/05 - Establece que toda persona física, jurídica o sucesiones indivisas que deseen importar o exportar vinos y mostos deberán inscribirse o reinscribirse en el Registro del Instituto Nacional de Vitivinicultura.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2005
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial Nº 30.686, 1º de julio de 2005.
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Viticultura/prácticas enológicas Comercio internacional Registro
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

A efectos del control de la genuinidad de los productos vitivinícolas que se exporten e importen, la presente Resolución dispone que toda persona física o jurídica que desse importar o exportar vinos o mostos, deberá inscribirse en el Registro del Instituto Nacional de Vitivinicultura. El anexo I establece las normas relativas a la tramitación de solicitudes de inscripción o reinscripción.

Texto completo
Español
Página web
www.infoleg.gov.ar