Resolución Nº 130/98/PE - Precisa alcances de la excepción dispuesta por el artículo 1º de la Resolución Nº 780-97-PE. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 1998 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano Nº 6471, 14 de marzo de 1998, pág. 158126. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Embarcación de pesca Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución, que consta de 2 artículos, establece que dentro de los alcances de la excepción dispuesta por el artículo 1º de la Resolución Nº 780-97-PE, se debe entender que se encuentran comprendidas las autorizaciones de incremento de flota mediante la construcción en astilleros nacionales y la construcción o adquisición de embarcaciones pesqueras en el exterior, debiendo estas últimas ser nacionalizadas previamente al otorgamiento del correspondiente permiso de pesca. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmienda Resolución Nº 780/97/PE - Medidas aplicables a autorizaciones de incremento de flota y permisos de pesca para la extracción de los recursos jurel y caballa. Legislación | Perú | 1997 Palabra clave: Pesca marítima, Embarcación de pesca, Volumen admisible de captura, Peces marinos, Talla, Capturas incidentales, Equipos, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX