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Resolución Nº 130 - Requisitos y procedimiento para el registro de comercializadores de mercurio en el Registro Único Nacional de Importadores y Comercializadores Autorizados (RUNIC).

País/Territorio
Colombia
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2017
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 50.136, 3 de febrero de 2017.
Materia
Recursos minerales, Desechos y sustancias peligrosas
Palabra clave
Institución Registro Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Minería Comercio internacional Comercio interior Sustancias peligrosas
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución tiene por objeto establecer los requisitos y el procedimiento para inscribirse en el Registro Único Nacional de Importadores y Comercializadores Autorizados (RUNIC) de mercurio y los productos que lo contienen, y se aplica a todas las personas naturales y jurídicas que los importen o comercialicen. La inscripción y la actualización de la información del RUNIC es requisito obligatorio e indispensable para importar y para comercializar mercurio. El registro deberá ser actualizado por los interesados anualmente o cuando cambien las condiciones con las cuales se otorgó el registro, so pena de quedar sin vigencia.

Texto completo
Español
Página web
www.imprenta.gov.co

Referencias - Legislación

Implementa

Decreto Nº 2133 - Medidas de control a la importación y comercialización de mercurio y los productos que lo contienen.

Legislación | Colombia | 2016

Palabra clave: Minería, Control de la contaminación, Registro, Restricciones para el uso, Transporte/depósito, Comercio internacional, Comercio interior, Residuos peligrosos, Sustancias peligrosas, Gestión de desechos

Fuente: FAO, FAOLEX