Resolución Nº 13 - Autorización para la importación de donaciones de alimentos procesados procedente del exterior. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 759, 20 de mayo de 2016. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Seguridad alimentaria Peligros Autorización/permiso Comercio internacional Higiene/procedimientos sanitarios Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución dispone que toda donación de alimentos procesados procedente del exterior, cualquiera que sea su destinatario en el Ecuador, deberá obtener obligatoriamente por parte de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA) la autorización respectiva, como requisito indispensable para su importación. Los alimentos procesados que se reciban en calidad de donación deberán contar con la respectiva certificación sanitaria que garantice que dicho producto se ajusta a las normas de calidad en el país donde se elabora. Texto completo Español Página web www.registroficial.gob.ec Referencias - Legislación Revocado por Resolución Nº 31 - Norma Técnica Sanitaria Sustitutiva para donación de alimentos procesados. Legislación | Ecuador | 2017 Palabra clave: Seguridad alimentaria, Peligros, Autorización/permiso, Comercio internacional, Higiene/procedimientos sanitarios, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Fuente: FAO, FAOLEX