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Resolución Nº 125 - Reglamento zoosanitario para el funcionamiento de centros de concentración de animales de producción.

País/Territorio
Ecuador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2016
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Registro Oficial Nº 818, 15 de agosto de 2016.
Materia
Ganado
Palabra clave
Sanidad animal Bovinos Comercio interior Higiene/procedimientos sanitarios
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución expide el Reglamento zoosanitario para el funcionamiento de centros de concentración de animales de producción, que tiene por objeto regular y controlar el estatus sanitario de los Centros de Concentración de Animales de Producción en el territorio Ecuatoriano, fortaleciendo las condiciones sanitarias de la ganadería nacional y por ende, mejorar la calidad e inocuidad de los productos alimenticios de origen animal para consumo humano. Se aplica a nivel nacional para toda persona natural o jurídica interesada en el funcionamiento que implica la concentración de animales tanto con fines comerciales, de exhibición, de pesaje o recreativos donde se determine previamente por la AGROCALIDAD la existencia de un riesgo de carácter sanitario.

Texto completo
Español
Página web
www.registroficial.gob.ec

Referencias - Legislación

Implementa

Decreto Nº 3.609 - Reglamento de ferias del sector agropecuario (Libro II, Título I del Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio de Agricultura y Ganadería).

Legislación | Ecuador | 2003 (2011)

Palabra clave: Institución, Cooperativa/organización de productores, Productos agrícolas, Entidad no gubernamental, Comercio interior

Fuente: FAO, FAOLEX

Revoca

Resolución Nº 279 - Reglamento Zoosanitario para el Funcionamiento de Ferias Pecuarias de Comercialización y Exposición en el Territorio Ecuatoriano.

Legislación | Ecuador | 2012

Palabra clave: Sanidad animal, Bovinos, Comercio interior, Higiene/procedimientos sanitarios

Fuente: FAO, FAOLEX