Resolución Nº 1.207 - Disposiciones relacionadas con el uso de aguas residuales tratadas. País/Territorio Colombia Tipo de documento Reglamento Fecha 2014 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 49.242, 13 de agosto de 2014. Materia Agua Palabra clave Normas sobre calidad del agua Reciclado/reutilización Concesión Efluente de aguas residuales/vertido Contaminación de las aguas dulces Uso industrial del agua Irrigación Alcantarillado Control de la contaminación Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución tiene por objeto establecer las disposiciones relacionadas con el uso del agua residual tratada, y no aplica para su empleo como fertilizante o acondicionador de suelos. Aguas residuales tratadas son aquellas aguas residuales que han sido sometidas a operaciones o procesos unitarios de tratamiento que permiten cumplir con los criterios de calidad requeridos para su reúso. Cuando el Usuario Receptor del Agua Residual Tratada es el mismo Usuario Generador del Agua Residual Tratada, se requerirá efectuar la modificación de la Concesión de Aguas, de la Licencia Ambiental o del Plan de Manejo Ambiental cuando estos instrumentos incluyan la Concesión de Aguas. Texto completo Español Página web www.imprenta.gov.co