Resolución Nº 117/99/PE - Prohibe extracción del recurso merluza en zona que señala. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 1999 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano Nº 6855, 1º de abril de 1999, págs. 171566 y 171567. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Aparejos de pesca/métodos de pesca Mallas Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La Resolución, que consta de 7 artículos, prohibe a partir del 5 de abril de 1999 la extracción del recurso merluza en la zona comprendida al sur de los 4° 30' L.S. Las operaciones de pesca del recurso merluza en la zona autorizada deberán efectuarse a profundidades mayores de 70 brazas, siendo obligatorio que las embarcaciones arrastreras utilicen en sus faenas de pesca redes de arrastre con tamaño mínimo de malla de 110 mm en el copo y que las dimensiones de las mallas de las secciones anteriores al copo serán mayores a las del copo. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Resolución Nº 114/00/PE - Deja sin efecto régimen provisional para embarcaciones arrastreras con permiso de pesca de merluza. Legislación | Perú | 2000 Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Temporadas, Talla, Zona de pesca, Aparejos de pesca/métodos de pesca, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX