Resolución Nº 11 - Dispone la reevaluación de los productos veterinarios registrados antes de 2001. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2008 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 315, 14 de abril de 2008. Materia Ganado Palabra clave Institución Inspección Registro Certificación Sanidad animal Medicamentos Hormonas/esteroides Higiene/procedimientos sanitarios Comercio interior Comercio internacional Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Normas Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución dispone la reevaluación de los productos veterinarios que fueron registrados antes del 1º de febrero del 2001, para lo cual deberán presentar documentos e información relativa al certificado de libre venta otorgado por la autoridad nacional competente con fecha de expedición no mayor a 6 meses anteriores a la presentación de la solicitud y que deberá contener la formula cualitativa y cuantitativa de principios activos y excipientes o la justificación oficial que explique el motivo por el cual el producto no se encuentra registrado en el país de origen. Texto completo Español Página web www.tribunalconstitucional.gov.ec Referencias - Legislación Revocado por Resolución Nº 40 - Dispone la reevaluación de los productos veterinarios registrados. Legislación | Ecuador | 2008 Palabra clave: Institución, Inspección, Registro, Certificación, Sanidad animal, Medicamentos, Hormonas/esteroides, Higiene/procedimientos sanitarios, Comercio interior, Comercio internacional, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Normas Fuente: FAO, FAOLEX