Resolución Nº 10/2015 - Veda de primavera para la explotación de la especie merluza (Merluccius hubbsi) en la Zona Común de Pesca. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2015 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial de la República Argentina Nº 33.224, 29 de septiembre de 2015, pág. 48. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Temporadas Organización internacional Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Esta Resolución de la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo prohíbe desde el 1º de octubre al 31 de diciembre de 2015 inclusive, la pesca de la especie merluza así como la utilización de todo tipo de artes de pesca de fondo, en el sector de la Zona Común de Pesca delimitado por los puntos geográficos que se indican en el artículo 1º. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar Referencias - Legislación Revocado por Resolución Nº 14/2015 - Norma estableciendo el área de veda de primavera definitiva para la especie merluza (Merluccius hubbsi) en la Zona Común de Pesca, para el año 2015. Legislación | Argentina | 2015 Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Temporadas, Organización internacional, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX