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Resolución Nº 1 - Compila la reglamentación del destino del crédito agropecuario y rural, define sus beneficiarios y condiciones financieras.

País/Territorio
Colombia
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2016
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 49.817, 16 de marzo de 2016.
Materia
Agricultura y desarrollo rural
Palabra clave
Desarrollo agrícola Medidas financieras agrícolas Crédito Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Agroforestal Medidas fiscales y de mercado Subvención/incentivo
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución compila la reglamentación del destino del crédito agropecuario y rural, define sus beneficiarios y condiciones financieras. Se entiende por crédito de fomento agropecuario y rural el que se otorga para ser utilizado en los distintos eslabones de las cadenas productivas agropecuarias y rurales, así como los servicios de apoyo y/o complementarios relacionados. Las actividades financiables, son: 1) lo relacionado con la siembra, sostenimiento y cosecha de especies vegetales; 2) lo relacionado con las explotaciones pecuarias, acuícolas, piscícolas, especies menores y zoocría; 3) lo relacionado con la transformación y/o comercialización de productos nacionales originados en cualquiera de los eslabones de las cadenas productivas agropecuarias y rurales; 4) lo relacionado con la prestación de servicios de apoyo y/o complementarios requeridos en cualquiera de los eslabones de las cadenas productivas agropecuarias y rurales; 5) las actividades rurales como el turismo rural y ecológico, las artesanías, la transformación de metales y piedras preciosas, incluyendo las actividades de mercadeo, transformación de productos y prestación de servicios que se realicen en torno a ellas; 6) todas las actividades rurales por medio de la línea de microcrédito; 7) la constitución, compra o capitalización de personas jurídicas que tengan por objeto desarrollar la actividad agropecuaria o rural en el territorio nacional; 8) la construcción o mejoramiento de vivienda rural; 9) la normalización de cartera que comprende la refinanciación, reestructuración y consolidación de pasivos originados en créditos agropecuarios y rurales; 10) todas aquellas cadenas y actividades productivas agropecuarias, agroindustriales y rurales que determine el Gobierno nacional como prioritarias para el desarrollo del sector agropecuario y rural.

Texto completo
Español
Página web
www.imprenta.gov.co

Referencias - Legislación

Implementa

Ley Nº 1731 - Medidas en materia de financiamiento para la reactivación del sector agropecuario, pesquero, acuícola, forestal y agroindustrial.

Legislación | Colombia | 2014

Palabra clave: Institución, Desarrollo agrícola, Medidas financieras agrícolas, Crédito, Comercio interior, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Agroforestal, Medidas fiscales y de mercado, Subvención/incentivo, Investigación

Fuente: FAO, FAOLEX