Resolución Nº 05/2014 - Crea el Comité de Gestión de Riesgos y Atención de Emergencias del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. País/Territorio República Dominicana Tipo de documento Reglamento Fecha 2014 Fuente FAO, FAOLEX Materia Medio ambiente gen. Palabra clave Institución Cambio climático Evaluación/manejo de riesgos Sistema de alerta temprana Peligros Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Resumen Esta Resolución crea el Comité de Gestión de Riesgos y Atención de Emergencias del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, como herramienta para la adopción de decisiones acerca de la orientación y las prioridades de los planes y programas de Gestión de Riesgos y como una respuesta al mandato de la Ley No. 147-02, sobre Gestión de Riesgos, que en su Artículo 28 obliga a todo el sistema institucional a crear una unidad de Gestión de Riesgos y Manejo de Emergencias y la urgente necesidad del gobierno de afrontar mediante una organización adecuada, los innumerables problemas sociales y económicos generados por los distintos factores de calamidad pública y desastres naturales o no, que durante las últimas décadas ha sufrido el territorio dominicano. Los objetivos del Comité de Gestión de Riesgos y Atención de Emergencias son: a) Contribuir a la prevención de desastres y reducción de los riesgos en República Dominicana; b) Incorporar las variables de gestión del riesgo en la planificación del desarrollo; c) Promover la participación pública, privada y comunitaria para la gestión del riesgo; d) Brindar respuesta efectiva en caso de desastres; e) Atender en forma prioritaria las áreas especialmente vulnerables; f) Incorporarse sostenidamente al Sistema Nacional para la Gestión de Riesgos y Atención de Emergencias de la República Dominicana; g) Fortalecer la cooperación internacional en las áreas de prevención, mitigación, atención, rehabilitación y reconstrucción. Texto completo Español Página web www.consultoria.gov.do