Resolución Nº 051/95/PE - Precisa el alcance de la Resolución Nº 042-95-PE. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 1995 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano Nº 5329, 1º de febrero de 1995, págs. 129508 y 129509. Materia Pesca Palabra clave Procesamiento/manipulación Pesca marítima Temporadas Peces marinos Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La Resolución Nº 042-95-PE suspendía las actividades de extracción y procesamiento del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y del recurso sardina (Sardinops sagax) a partir del 1/02/1995 en áreas determinadas. Esta Resolución exceptúa a las plantas que se dedican a la producción de conservas y congelado de pescado del recurso sardina. Igualmente exceptúa a las embarcaciones pesqueras artesanales para la pesca del mencionado recurso, y a otras embarcaciones pesqueras industriales expresamente mencionadas. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmienda Resolución Nº 042/95/PE - Suspende actividades de extracción y procesamiento del recurso anchoveta y sardina. Legislación | Perú | 1995 Palabra clave: Pesca marítima, Capturas incidentales, Peces marinos, Temporadas, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX