Resolución Nº 033/99/PE - Veda reproductiva del recurso anchoveta y suspenden actividades de extracción y procesamiento en área de dominio marítimo. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 1999 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano Nº 6786, 22 de enero de 1999, pág. 169071. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Temporadas Capturas incidentales Pesca artesanal Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución, que consta de 7 artículos, establece la veda reproductiva del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y suspende las actividades de extracción y procesamiento de la anchoveta y de la anchoveta blanca (Anchoa nasus), a partir del 22 de enero de 1999 en el área comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú hasta el paralelo 16 ° de L.S. Las embarcaciones pesqueras artesanales y los establecimientos industriales están exceptuados, siempre y cuando el producto de su extracción y procesamiento sea destinado exclusivamente al consumo humano directo. Texto completo Español