Resolución Nº 033-2012-AG-SENASA-DSV ─ Requisitos fitosanitarios para la importación de frutos de chayote procedente de Costa Rica. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2012 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 5 de octubre de 2012. Materia Alimentación y nutrición, Cultivos Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Higiene/procedimientos sanitarios Frutas/nueces comestibles Viticultura/prácticas enológicas Comercio internacional Protección vegetal Plagas/enfermedades Materiales de propagación/semillas Producción vegetal Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece los requisitos fitosanitarios específicos de necesario cumplimiento en la importación de frutos de chayote (Sechium edule [Jacq.Sw.]) originarios y procedentes de Costa Rica, con una declaración que certifique que está libre de Thrips palmi. Texto completo Español Página web www.minjus.gob.pe