Resolución Nº 031/11/AG/SENASA/DSV - Requisitos fitosanitarios para la importación de granos de maní procedentes de Nicaragua. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2011 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 5 de octubre de 2011. Materia Alimentación y nutrición, Cultivos Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Higiene/procedimientos sanitarios Verduras/legumbres Comercio internacional Protección vegetal Plagas/enfermedades Plantas oleaginosas Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece los requisitos fitosanitarios específicos de necesario cumplimiento en la importación de granos de maní (Arachis hypogaea) originarios del Perú y procedentes de Nicaragua, acompañados de una declaración que certifique que la partida se encuentra libre de Caryedon serratus, Corcyra cephalonica y Oryzaephilus mercator. Texto completo Español Página web www.minjus.gob.pe