Resolución Nº 027/97/PE - Prohíbe la captura del recurso camarón de río en los cuerpos de agua públicos de la vertiente occidental de los Andes. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 1997 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano Nº 6044, 16 de enero de 1997, págs. 146001 y 146002. Materia Pesca Palabra clave Pesca continental Crustáceos Temporadas Manejo y conservación pesquera Animales acuáticos Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución, que consta de 7 artículos, prohíbe la captura del recurso camarón de río de las especies Cryphiops caementarius y Macrobrachium spp. en los cuerpos de agua públicos de la vertiente occidental de los Andes, a partir del 17 de enero de 1997 (art. 1º). Quedan exceptuados los acuicultores que cuenten con autorización o concesión para desarrollar actividades de cultivo de "camarón de río", debiendo sin embargo informar la Dirección Nacional de Acuicultura acerca del programa de cosecha y destino del producto, la existencia de stocks en talla y cantidades comerciales (art. 2º). Texto completo Español