Resolución Nº 008-2016-PRODUCE ─ Establece temporada de pesca del recurso tiburón martillo a nivel nacional. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 15 de enero de 2016. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Embarcación de pesca Aparejos de pesca/métodos de pesca Capturas incidentales Temporadas Peces cartilaginosos Manejo y conservación pesquera Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución establece una temporada de pesca del recurso tiburón martillo (Sphyrna zygaena) a nivel nacional, en el período comprendido entre el 11 de marzo y el 31 de diciembre de cada año, quedando prohibido realizar actividades extractivas del citado recurso desde el 1º de enero hasta el 10 de marzo de cada año. El período de vigencia de la temporada de pesca y de la veda del recurso a que se refiere podrá ser modificado previa recomendación del Instituto del Mar del Perú (IMARPE). Texto completo Español Página web www.minjus.gob.pe Referencias - Legislación Implementa Decreto Supremo Nº 002-2014-PRODUCE ─ Plan de Acción Nacional para la Conservación y Ordenamiento de Tiburones, Rayas y Especies Afines en el Perú (PAN Tiburón - Perú). Legislación | Perú | 2014 Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Embarcación de pesca, Aparejos de pesca/métodos de pesca, Capturas incidentales, Temporadas, Peces cartilaginosos, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX