Resolución N° SG 018/98 - Normas Sanitarias de Calidad del Agua Potable. País/Territorio Venezuela, Rep. Boliv. de Tipo de documento Reglamento Fecha 1998 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 36.395 de 13 de febrero de 1998. Materia Alimentación y nutrición, Agua Palabra clave Agua potable Cuestiones de procedimiento Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Higiene/procedimientos sanitarios Monitoreo Abastecimiento de agua Normas sobre calidad del agua Manejo de recursos hídricos Área geográphica Amazona, Americas, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, América del Sur Entry into force notes La presente Resolución entrará en vigencia transcurridos 60 días contados a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela. Resumen La presente Resolución establece las Normas Sanitarias de Calidad del Agua Potable. El objetivo de las Normas es establecer los valores máximos de aquellos componentes o caracteristicas del agua que representan riesgo para la salud de la comunidad, o inconvenientes para la preservación de los sistemas de almacenamiento y distribución del líquido así como la regulación que asegure su cumplimiento. Están sujetos al cumplimiento de las presentes Normas los entes responsables de los sistemas de abastecimiento de agua públicos o privados. El agua potable debe cumplir con los requisitos microbiológicos, organolépticos, físicos, químicos y radioactivos que establecen las presentes Normas. Cuando el agua que se destine al suministro como potable no cumpla con los requisitos establecidos en las presentes Normas, el responsable del sistema de abastecimiento respectivo deberá aplicar el tratamiento que la haga apta para dicho uso. El agua potable destinada al abastecimiento público deberá contener en todo momento una concentración de cloro residual libre en cualquier punto de la red de distribución de 0,3 y 0,5 mg/L. Texto completo Español Página web pandectasdigital.blogspot.com