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Resolución Exenta Nº 890 - Establece medidas para habilitación remota de frigoríficos, bodegas de almacenamiento de harina de pescado e instalaciones de faenamiento y autorización de entidades de muestreo de análisis.

País/Territorio
Chile
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2020
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Pesca, General
Palabra clave
Higiene/procedimientos sanitarios Autorización/permiso Inspección Transporte/depósito Certificación Comercio internacional Productos pesqueros
Área geográphica
Americas, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución establece medidas para habilitación remota de frigoríficos, bodegas de almacenamiento de harina de pescado e instalaciones de faenamiento y autorización de entidades de muestreo y análisis que participen en la cadena de valor de los productos de la pesca y acuicultura destinados a la exportación, en virtud de la pandemia derivada del Covid-19. Para la habilitación sanitaria del establecimiento se exige presentar, mediante correo electrónico, el cuestionario correspondiente al tipo de establecimiento de que se trate, una solicitud de habilitación, y la información general que se indica. Los cuestionarios se encuentran disponibles en la página web del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. La etapa de revisión documental se mantendrá en base a lo establecido en el Manual de Inocuidad y Certificación, mientras que la etapa de inspección de dependencias de una nueva entidad se podrá realizar vía remota por video conferencia, solicitud de registro fotográfico y/o solicitud de documentación.

Texto completo
Español
Página web
www.sernapesca.cl