Resolución DM/N° 059/2017 - Mediante la cual se prohíbe la movilización de animales bovinos en pie, sin herraje, en todo el territorio nacional. País/Territorio Venezuela, Rep. Boliv. de Tipo de documento Reglamento Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial N° 41.315, 8 de enero de 2018. Materia Ganado Palabra clave Desarrollo agrícola Transporte/depósito Monitoreo Marcado/identificación Sanidad animal Área geográphica Amazona, Americas, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, América del Sur Entry into force notes La presente Resolución entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la Repúbica Bolivariana de Venezuela. Resumen Esta Resolución prohíbe la movilización de animales bovinos en pie, sin herraje, en todo el territorio nacional. El herraje de los bovinos (vacunos y bufalinos) se realizará, de manera obligatoria, durante los primeros seis meses de vida del animal. En los estados fronterizos (Amazonas, Apure, Bolívar, Táchira y Zulla) podrá establecerse un periodo de herraje mínimo, en función de preservar el patrimonio ganadero de la Nación. Igualmente, queda prohibida la movilización de bovinos en pie con herraje reciente (hierro fresco) o cuando existan indicios de que las marcas de hierros han sido adulteradas. Se exhorta a todas las autoridades civiles, policiales y militares, al sector privado y los particulares en general, a colaborar en el estricto cumplimiento de esta Resolución y a la aplicación de las normas vigentes en la materia, en resguardo del derecho del pueblo venezolano al abastecimiento oportuno y estable de alimentos. Texto completo Español Página web pandectasdigital.blogspot.com