Resolución de 9 de octubre de 1996 - Medidas de protección frente a las encefalopatías espongiformes transmisibles de algunos rumiantes. País/Territorio España Tipo de documento Reglamento Fecha 1996 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del Estado Nº 253, 19 de octubre de 1996, pág. 31364. Materia Ganado Palabra clave Sanidad animal Bovinos Plagas/enfermedades Comercio internacional Área geográphica Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional Resumen La presente Resolución prohíbe cautelarmente la introducción en el territorio nacional de sesos de animales ovinos y caprinos de cualquier edad originarios y/o procedentes de Reino Unido, Irlanda, Francia, Portugal y Suiza, así como de cualquier producto elaborado con dicha materia. Asimismo, se prohíbe la introducción de la médula espinal, ojos, timos, amígdalas, bazos e intestinos de animales ovinos y caprinos mayores de 6 meses. En el caso de animales ovinos y caprinos vivos procedentes de los países antes mencionados, que se sacrifiquen en España, los tejidos u órganos prohibidos anteriormente deberán ser destruidos, evitando su entrada en la cadena alimentaria humana o animal y sin que puedan entrar en contacto con las carnes destinadas a consumo humano. Texto completo Español Referencias - Legislación Revocado por Orden de 10 de mayo de 1999 - Medidas cautelares de protección frente a las encefalopatías espongiformes transmisibles de los rumiantes. Legislación | España | 1999 Palabra clave: Sanidad animal, Plagas/enfermedades, Bovinos, Ovinos/caprinos, Comercio internacional Fuente: FAO, FAOLEX