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Resolución Conjunta - Mediante la cual se establece los mecanismos de control a Transportistas y Usuarios Finales de Abonos Minerales o Químicos en el territorio nacional.

País/Territorio
Venezuela, Rep. Boliv. de
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2019
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Gaceta Oficial N° 6.439 Extraordinario, 29 de marzo de 2019.
Materia
Agricultura y desarrollo rural
Palabra clave
Desarrollo agrícola Fertilizantes/nutrientes Transporte/depósito Monitoreo
Área geográphica
Amazona, Americas, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, América del Sur
Entry into force notes
Esta Resolución tendrá vigencia a partir del 1° de abril de 2019, cumpliendo con la formalidad de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, y hasta el 31 de marzo de 2020 ambas fechas inclusive.
Resumen

Esta Resolución Conjunta tiene por objeto: a) Establecer los mecanismos de control que se aplicarán al transporte de los abonos minerales o químicos mencionados en esta Resolución, ensacados y/o a granel, en el caso de los transportistas que prestan servicio a las empresas, asociaciones de productores agropecuarios e instituciones fabricantes y/o comercializadoras de estos insumos, para ponerlos a la disposición de campesinos y campesinas, productores y productoras agrícolas, de manera suficiente y oportuna, a fin de coadyuvar al cumplimiento de las metas establecidas por el Ejecutivo Nacional para el Plan Venezuela Cultiva; b) Normar lo referente a la adquisición, transporte y función de distribución de los abonos minerales o químicos mencionados en esta Resolución, ensacados y/o a granel, que ejecutan el Servicio Autónomo Fondo Nacional del Poder Popular (SAFONAPP), así como los comuneros y comuneras integrantes de Consejos Comunales en el territorio nacional; c) Normar lo referente a la adquisición, transporte y función de distribución de los abonos minerales o químicos mencionados en esta Resolución, que ejecutan las empresas mencionadas en esta Resolución, las Comunas y cualquier otro ente u organismo enmarcado dentro del objeto de esta Resolución, debidamente avalado por los Ministerios suscriptores, para atender a los Consejos Comunales que cumplen con procesos productivos agrícolas en el territorio nacional. Se establece dispensa de los trámites necesarios para la obtención de los permisos de transporte de los abonos minerales o químicos mencionados en esta Resolución, ensacados y/o a granel, requeridos por los transportistas que prestan servicio a las empresas, asociaciones de productores agropecuarios e instituciones que fabrican, mezclan y/o comercializan estos insumos. La dispensa no aplica para las empresas e instituciones privadas que importan, fabrican, almacenan y comercializan los abonos minerales o químicos objeto de esta Resolución.

Texto completo
Español
Página web
pandectasdigital.blogspot.com