Resolución 8/21 – Apruébanse las medidas de manejo de condrictios que indica. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2021 (2022) Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces cartilaginosos Protecíon de las especies Manejo y conservación pesquera Aparejos de pesca/métodos de pesca Capturas incidentales Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Resolución aprueba las medidas de manejo de condrictios contenidas en su ANEXO I. Dichas medidas prohíben la pesca objetivo de condrictios; establecen límites máximos de desembarque de rayas, tiburones y condrictios en conjunto; prohíben la práctica conocida como “aleteo de tiburones; mandatan la devolución de los ejemplares de tiburones que indica; prohíbe el uso de “bicheros” o instrumentos similares (ganchos) para la manipulación y/o devolución al mar de ejemplares de condrictios vivos; etc. Texto completo Español Página web www.argentina.gob.ar Referencias - Legislación Revoca Resolución Nº 7/2013 - Sustitúyese el artículo 7º del anexo de la Resolución Nº 4 de 2013, Medidas de Manejo de Condrictios. Legislación | Argentina | 2013 Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Capturas incidentales, Peces cartilaginosos, Protecíon de las especies, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX Resolución Nº 4/2013 - Medidas de Manejo de Condrictios. Legislación | Argentina | 2013 Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Capturas incidentales, Peces cartilaginosos, Protecíon de las especies, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX Enmendado porr Resolución 19/2022 – Sustitúyase el Artículo 7° del Anexo I de la Resolución del Consejo Federal Pesquero N° 8, de fecha 3 de junio de 2021. Legislación | Argentina | 2022 Palabra clave: Pesca marítima, Peces cartilaginosos, Protecíon de las especies, Manejo y conservación pesquera, Capturas incidentales Fuente: FAO, FAOLEX