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Resolución 8/21 – Apruébanse las medidas de manejo de condrictios que indica.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2021 (2022)
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Peces cartilaginosos Protecíon de las especies Manejo y conservación pesquera Aparejos de pesca/métodos de pesca Capturas incidentales
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Resolución aprueba las medidas de manejo de condrictios contenidas en su ANEXO I. Dichas medidas prohíben la pesca objetivo de condrictios; establecen límites máximos de desembarque de rayas, tiburones y condrictios en conjunto; prohíben la práctica conocida como “aleteo de tiburones; mandatan la devolución de los ejemplares de tiburones que indica; prohíbe el uso de “bicheros” o instrumentos similares (ganchos) para la manipulación y/o devolución al mar de ejemplares de condrictios vivos; etc.

Texto completo
Español
Página web
www.argentina.gob.ar

Referencias - Legislación

Revoca

Resolución Nº 7/2013 - Sustitúyese el artículo 7º del anexo de la Resolución Nº 4 de 2013, Medidas de Manejo de Condrictios.

Legislación | Argentina | 2013

Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Capturas incidentales, Peces cartilaginosos, Protecíon de las especies, Manejo y conservación pesquera

Fuente: FAO, FAOLEX

Resolución Nº 4/2013 - Medidas de Manejo de Condrictios.

Legislación | Argentina | 2013

Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Capturas incidentales, Peces cartilaginosos, Protecíon de las especies, Manejo y conservación pesquera

Fuente: FAO, FAOLEX

Enmendado porr

Resolución 19/2022 – Sustitúyase el Artículo 7° del Anexo I de la Resolución del Consejo Federal Pesquero N° 8, de fecha 3 de junio de 2021.

Legislación | Argentina | 2022

Palabra clave: Pesca marítima, Peces cartilaginosos, Protecíon de las especies, Manejo y conservación pesquera, Capturas incidentales

Fuente: FAO, FAOLEX