Resolución 6/2019 – Prohíbese la pesca de la especie merluza en sector de la Zona Común de Pesca delimitado por ciertos puntos geográficos. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial de la República Argentina Nº 34.142, 26 de junio de 2019, pág. 38. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Zona de pesca Peces marinos Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Por medio de esta Resolución la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo prohíbe, desde el 1º de julio al 30 de septiembre de 2019 inclusive, la pesca de la especie merluza (Merluccius hubbsi), así como la utilización de todo tipo de artes de pesca de fondo en el sector de la Zona Común de Pesca delimitado por los puntos geográficos que se indican en el artículo 1º. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar