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Resolución 503/2022 - Registro Nacional Sanitario de Medios de Transporte de Animales Vivos y Mercancías de Origen Animal.

País/Territorio
Argentina
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2022
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Ganado
Palabra clave
Transporte/depósito Autorización/permiso Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Infracciones/sanciones Higiene/procedimientos sanitarios Registro Subproductos animales
Área geográphica
Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur
Resumen

La presente Resolución dispone mantener el Registro creado por la Resolución Nº 581 de 2014 (aquí derogada), que pasa a denominarse Registro Nacional Sanitario de Medios de Transporte de Animales Vivos y Mercancías de Origen Animal, y que funciona en el ámbito de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del citado Servicio Nacional. Se entiende por productos de origen animal todo producto destinado a la industria no alimenticia, ni farmacológica, ya sea de uso humano o animal (tales como cueros y pieles brutas, estiércol, guano aviar, guano caprino, cama de pollo, lana sucia vellón, lana sucia no vellón, lana limpia, pelos, cerdas, subproductos de plantas de incubación, huevos fértiles, semen, embriones). Los medios de transporte de animales vivos y mercancías de origen animal de competencia de la citada Dirección Nacional que se movilizan amparados por el Documento de Tránsito electrónico (DT-e) deben encontrarse habilitados por el SENASA en el Registro. El artículo 3º enumera los casos que no requieren de dicha habilitación.

Texto completo
Español
Página web
www.infoleg.gov.ar

Referencias - Legislación

Revoca

Resolución Nº 581/2014 - Creación del Registro Nacional Sanitario de Medios de Transporte de Animales Vivos.

Legislación | Argentina | 2014

Palabra clave: Transporte/depósito, Sanidad animal, Autorización/permiso, Registro

Fuente: FAO, FAOLEX