Resolución 14/2017 - Sustitúyese el artículo 4° de la Resolución N° 26 de fecha 16 de diciembre de 2009 del Consejo Federal Pesquero. País/Territorio Argentina Tipo de documento Reglamento Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 33.748, 9 de noviembre de 2017, pág. 41. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Peces marinos Zona de pesca Volumen admisible de captura Manejo y conservación pesquera Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen Por medio de esta Resolución se modifica el artículo 4º de la Resolución Nº 26/2009, que introdujo medidas de manejo y administración para ser aplicadas a la especie merluza común. La nueva disposición del mencionado artículo 4º establece limitar la Autorización de Captura a un máximo de cuatro viajes anuales por embarcación, hasta un máximo total de 20.000 cajones por año computable al stock norte de la especie. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar Referencias - Legislación Enmienda Resolución Nº 26/2009 - Establécense medidas de manejo y administración para ser aplicadas a la especie merluza común. Legislación | Argentina | 2009 Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Zona de pesca, Volumen admisible de captura, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX