RES-MA-2019-41 — Modifica la Resolución Nº RES-MA-2019-39, que establece los criterios para la clasificación de pequeños productores agropecuarios. País/Territorio República Dominicana Tipo de documento Reglamento Fecha 2019 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agricultura y desarrollo rural, Ganado Palabra clave Desarrollo agrícola Agricultura familiar Pequeños agricultores/campesinos Agroforestal Cooperativa/organización de productores Protección social Explotación agrícola Producción animal Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Resumen La presente Resolución modifica la que establece los criterios para la clasificación de los pequeños y medianos productores y de aquellos que se tipifican como agricultores familiares, en cuanto a los requisitos exigidos al pequeño agricultor familiar para los fines del Decreto Nº 168-19, es quien: 1) La unidad productiva agropecuaria es su fuente principal de ingresos económicos, o cumplen su jornada laboral en la misma; 2) Cualquiera que sea su régimen de tenencia, la familia es responsable de la producción y la gestión de las actividades agropecuarias en la unidad productiva utilizando ocasionalmente, mano de obra contratada, por ejemplo, en la siembra y en la cosecha; 3) Produce para el autoconsumo y para el mercado; 4) Reside en la unidad productiva o cerca de la misma. Texto completo Español Página web www.agricultura.gob.do Referencias - Legislación Enmienda Resolución Nº RES-MA-2019-39 — Establece los criterios para la clasificación de pequeños productores agropecuarios. Legislación | República Dominicana | 2019 Palabra clave: Desarrollo agrícola, Agricultura familiar, Pequeños agricultores/campesinos, Agroforestal, Cooperativa/organización de productores, Protección social, Explotación agrícola, Producción animal Fuente: FAO, FAOLEX