Reglamento para el otorgamiento de concesiones y licencias acuicolas. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 1996 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 56, 20 de marzo de 1996, págs. 21 y 22. Materia Pesca Palabra clave Concesión Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Acuicultura Autorización/permiso Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El Reglamento, que consta de 20 artículos, dispone que corresponde al Instituto Costarricense de Pesca y Acuacultura (INCOPESCA), otorgar la licencia y concesiones para el desarrollo de la acuacultura tanto en aguas marinas como continentales (art. 2º). Las licencias para acuacultura son aquellas que se otorgan para permitir el desarrollo de la actividad acuícola en terrenos privados haciendo uso de las aguas del Estado, cuya producción sea dirigida a la comercialización (art. 4º). Las concesiones acuícolas se otorgan para permitir el desarrollo de la actividad en terrenos públicos, en los fondos o en aguas marinas (art. 5º). Texto completo Español