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Reglamento de la Ley de fomento y protección del maíz criollo como patrimonio alimentario del Estado de Michoacán de Ocampo.

País/Territorio
México
Subdivisión territorial
Michoacán de Ocampo
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2014
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Alimentación y nutrición, Cultivos
Palabra clave
Cereales/granos/arroz Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena Pueblos indígenas Derecho a la alimentación Derechos humanos Productos agrícolas Desarrollo agrícola Entidad no gubernamental Recursos genéticos Materiales de propagación/semillas Institución Producción vegetal Cultivos/praderas
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Entry into force notes
El Reglamento entró en vigencia el 12 de diciembre de 2014.
Resumen

El presente Reglamento tiene por objeto reglamentar la Ley de Fomento y Protección del Maíz Criollo como Patrimonio Alimentario del Estado de Michoacán de Ocampo. Se definen las funciones y cometidos de las autoridades competentes, la composición del Consejo Consultivo Michoacano del Maíz, así como el rol de las Comisiones de Desarrollo Rural. Asimismo se reglamenta la institución de Centros de Abasto y Fondos Comunitarios. El capítulo XI del Reglamento se refiere a los derechos y obligaciones de los productores originarios y custodios del maíz.

Texto completo
Español
Página web
celem.michoacan.gob.mx

Referencias - Legislación

Implementa

Decreto Nº 310 - Ley de fomento y protección del maíz criollo como patrimonio alimentario del Estado de Michoacán de Ocampo.

Legislación | México | 2011

Palabra clave: Cereales/granos/arroz, Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena, Pueblos indígenas, Derecho a la alimentación, Derechos humanos, Productos agrícolas, Desarrollo agrícola, Entidad no gubernamental, Recursos genéticos, Materiales de propagación/semillas, Biodiversidad, Producción vegetal, Cultivos/praderas

Fuente: FAO, FAOLEX