Reglamento de la Ley de fomento y protección del maíz criollo como patrimonio alimentario del Estado de Michoacán de Ocampo. País/Territorio México Subdivisión territorial Michoacán de Ocampo Tipo de documento Reglamento Fecha 2014 Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición, Cultivos Palabra clave Cereales/granos/arroz Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena Pueblos indígenas Derecho a la alimentación Derechos humanos Productos agrícolas Desarrollo agrícola Entidad no gubernamental Recursos genéticos Materiales de propagación/semillas Institución Producción vegetal Cultivos/praderas Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Entry into force notes El Reglamento entró en vigencia el 12 de diciembre de 2014. Resumen El presente Reglamento tiene por objeto reglamentar la Ley de Fomento y Protección del Maíz Criollo como Patrimonio Alimentario del Estado de Michoacán de Ocampo. Se definen las funciones y cometidos de las autoridades competentes, la composición del Consejo Consultivo Michoacano del Maíz, así como el rol de las Comisiones de Desarrollo Rural. Asimismo se reglamenta la institución de Centros de Abasto y Fondos Comunitarios. El capítulo XI del Reglamento se refiere a los derechos y obligaciones de los productores originarios y custodios del maíz. Texto completo Español Página web celem.michoacan.gob.mx Referencias - Legislación Implementa Decreto Nº 310 - Ley de fomento y protección del maíz criollo como patrimonio alimentario del Estado de Michoacán de Ocampo. Legislación | México | 2011 Palabra clave: Cereales/granos/arroz, Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena, Pueblos indígenas, Derecho a la alimentación, Derechos humanos, Productos agrícolas, Desarrollo agrícola, Entidad no gubernamental, Recursos genéticos, Materiales de propagación/semillas, Biodiversidad, Producción vegetal, Cultivos/praderas Fuente: FAO, FAOLEX