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Reglamento de Evaluación del Impacto Ambiental para el Estado de Tamaulipas.

País/Territorio
México
Subdivisión territorial
Tamaulipas
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2013
Fuente
FAO, FAOLEX
Materia
Medio ambiente gen., Tierra y suelos, Recursos minerales, Agua
Palabra clave
EIA Evaluación/manejo de riesgos Terrenos agrícolas Terrenos urbanos Conservación de suelos/mejoramiento de suelos Minería Abastecimiento de agua Alcantarillado Efluente de aguas residuales/vertido Agua potable Instalaciones Control de la contaminación Contaminación de las aguas dulces
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

En el marco del Capítulo IV del Título Segundo del Libro Segundo del Código para el Desarrollo Sustentable del Estado de Tamaulipas, el presente Reglamento establece las normas estatales aplicables en materia de evaluación del impacto ambiental. Una vez definidas las atribuciones que corresponden a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, el reglamento especifica las obras y actividades que requieren autorización de impacto o de riesgo ambiental, como así también aquéllas que quedan exentas. Entre las primeras, se contemplan: construcción de puentes cuando dicha obra pueda afectar a la flora, fauna o a los cauces de cuerpos de agua; sistema de agua potable; drenaje sanitario; construcción de drenaje pluvial; construcción de sistema de alcantarillado sanitario; obras hidráulicas en aguas de jurisdicción estatal o municipal, incluyendo presas, diques, vasos, canales, drenes, bordos, zanjas, acueductos, distritos o unidades de riego y demás construidas para la explotación, uso, aprovechamiento, control de inundaciones y manejo de aguas estatales, en los términos de la Ley de Aguas del Estado; instalaciones de tratamiento de aguas residuales de procedencia municipal; explotación, extracción, procesamiento y beneficio de minerales o substancias no reservadas a la Federación y aquellas cuyos productos se deriven de la descomposición de las rocas y cuya explotación se realice preponderantemente por medio de trabajos a cielo abierto. Cualquier cambio de uso de suelo también queda sujeto a EIA.

Texto completo
Español
Página web
www.congresotamaulipas.gob.mx