Real Decreto Nº 679/1988 - Pesca de arrastre de fondo en el Mediterraneo. País/Territorio España Tipo de documento Reglamento Fecha 1988 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del Estado Nº 160, 5 de julio de 1988, págs. 20787-20789. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Aparejos de pesca/métodos de pesca Embarcación de pesca Equipos Manejo y conservación pesquera Área geográphica Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional Resumen Este Decreto actualiza las disposiciones de la Orden de 30 de julio de 1975 relativa a la pesca de arrastre en el Mediterráneo. A tal efecto, tras la adhesión de España a la Comunidad Económica Europea, y aun cuando la reglamentación comunitaria en materia de pesca no se aplique de derecho en el Mediterráneo, se han tenido en cuenta varios reglamentos comunitarios, como los relativos a las características de los barcos de pesca (Nº 2.930/1986), a las acciones comunitarias para el desarrollo del sector de la pesca (Nº 4.028/1986) y al establecimiento de determinadas medidas técnicas en la conservación de los recursos pesqueros (Nº 3.094/1986). Después de definir los "arrastres de fondo" (art. 3º), el Decreto establece varias condiciones a las que estará sujeto el ejercicio de ese tipo de pesca: fijación del tamaño mínimo de las mallas en 40 milímetros (art. 5º); prohibición de pescar en fondos inferiores a los 50 metros (art. 6º); prohibición de utilizar buques de eslora inferior a los 12 metros (art. 9º); fijación de la potencia máxima del motor en 500 CV (art. 10) y fijación de una talla mínima de captura en relación con ciertas especies (art. 17 y anexo). Por otra parte, el Decreto determina los poderes de reglamentación general en materia, el régimen de licencias para la pesca de arrastre, las modalidades de los cambios de base de los buques de pesca de arrastre, la posibilidad por parte del Ministerio de determinar cuotas máximas de captura por especie, embarcación y día de cada campaña. Se concede una prórroga a las embarcaciones que no se ajustan a las disposiciones del Decreto. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Real Decreto Nº 632/1993 - Pesca de arrastre de fondo en el golfo de Cádiz. Legislación | España | 1993 Palabra clave: Pesca marítima, Aparejos de pesca/métodos de pesca, Zona de pesca, Volumen admisible de captura, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX Revocado por Real Decreto Nº 1.440/1999 - Pesca con artes de arrastre de fondo en el caladero nacional del Mediterráneo. Legislación | España | 1999 Palabra clave: Pesca marítima, Zona de pesca, Aparejos de pesca/métodos de pesca, Embarcación de pesca, Recopilación de datos/informes, Manejo y conservación pesquera Fuente: FAO, FAOLEX