Real Decreto Nº 495/1990 - Condiciones sanitarias que deben reunir los animales vivos de las especies bovina y porcina importados de países terceros. País/Territorio España Tipo de documento Reglamento Fecha 1990 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del Estado Nº 99, 25 de abril de 1990, págs. 11154 y 11155. Materia Ganado Palabra clave Comercio internacional Normas Plagas/enfermedades Sanidad animal Área geográphica Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional Resumen El Real Decreto consta de 16 artículos, 1 disposición adicional, 2 finales y 1 anexo. El presente Real Decreto tiene por finalidad establecer los requisitos de sanidad animal que han de cumplir los animales vivos de reproducción, producción o abasto de las especies bovina y porcina que se importen de países terceros (art. 1º). Los animales vivos de las especies mencionadas únicamente podrán proceder de los países terceros que figuran en el anexo (art. 3º). El artículo 4º establece, con carácter general, los requisitos que deben reunir tales animales vivos: a) que se encuentren indemnes de peste bovina, fiebre aftosa producida por virus exótico, perineumonia contagiosa bovina, lengua azul, peste porcina africana y parálisis contagiosa porcina (enfermedad de Teschen); b) que no hayan sido vacunados contra las enfermedades antes mencionadas durante los últimos doce meses. Los artículos 9º a 15 fija las modalidades para el control veterinario de las importaciones. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmendado porr Real Decreto Nº 1.430/1992 - Organización de controles veterinarios y de identidad de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros. Legislación | España | 1992 Palabra clave: Comercio internacional, Sanidad animal Fuente: FAO, FAOLEX Real Decreto Nº 1.288/1993 - Modifica los anexos de los Reales Decretos Nº 495/1990, 110/1990, y 646/1992, y establece la lista de países terceros de los que se autorizan las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina y equina, carnes frescas y productos cárnicos. Legislación | España | 1993 Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Carne, Comercio internacional, Producción animal, Comercio interior, Bovinos, Ovinos/caprinos, Porcinos Fuente: FAO, FAOLEX Revocado por Real Decreto Nº 1085/2004 - Establece normas para la importación y tránsito por España de determinados ungulados vivos procedentes de terceros países. Legislación | España | 2005 Palabra clave: Sanidad animal, Bovinos, Ovinos/caprinos, Equino, Certificación, Plagas/enfermedades, Comercio internacional, Higiene/procedimientos sanitarios, Inspección Fuente: FAO, FAOLEX