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Real Decreto Nº 495/1990 - Condiciones sanitarias que deben reunir los animales vivos de las especies bovina y porcina importados de países terceros.

País/Territorio
España
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1990
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial del Estado Nº 99, 25 de abril de 1990, págs. 11154 y 11155.
Materia
Ganado
Palabra clave
Comercio internacional Normas Plagas/enfermedades Sanidad animal
Área geográphica
Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional
Resumen

El Real Decreto consta de 16 artículos, 1 disposición adicional, 2 finales y 1 anexo. El presente Real Decreto tiene por finalidad establecer los requisitos de sanidad animal que han de cumplir los animales vivos de reproducción, producción o abasto de las especies bovina y porcina que se importen de países terceros (art. 1º). Los animales vivos de las especies mencionadas únicamente podrán proceder de los países terceros que figuran en el anexo (art. 3º). El artículo 4º establece, con carácter general, los requisitos que deben reunir tales animales vivos: a) que se encuentren indemnes de peste bovina, fiebre aftosa producida por virus exótico, perineumonia contagiosa bovina, lengua azul, peste porcina africana y parálisis contagiosa porcina (enfermedad de Teschen); b) que no hayan sido vacunados contra las enfermedades antes mencionadas durante los últimos doce meses. Los artículos 9º a 15 fija las modalidades para el control veterinario de las importaciones.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Enmendado porr

Real Decreto Nº 1.430/1992 - Organización de controles veterinarios y de identidad de los animales que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros.

Legislación | España | 1992

Palabra clave: Comercio internacional, Sanidad animal

Fuente: FAO, FAOLEX

Real Decreto Nº 1.288/1993 - Modifica los anexos de los Reales Decretos Nº 495/1990, 110/1990, y 646/1992, y establece la lista de países terceros de los que se autorizan las importaciones de animales de las especies bovina, porcina, ovina, caprina y equina, carnes frescas y productos cárnicos.

Legislación | España | 1993

Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Carne, Comercio internacional, Producción animal, Comercio interior, Bovinos, Ovinos/caprinos, Porcinos

Fuente: FAO, FAOLEX

Revocado por

Real Decreto Nº 1085/2004 - Establece normas para la importación y tránsito por España de determinados ungulados vivos procedentes de terceros países.

Legislación | España | 2005

Palabra clave: Sanidad animal, Bovinos, Ovinos/caprinos, Equino, Certificación, Plagas/enfermedades, Comercio internacional, Higiene/procedimientos sanitarios, Inspección

Fuente: FAO, FAOLEX