Ecolex Logo
El portal del
derecho ambiental
Resultados de la búsqueda » Legislación

Orden TED/920/2023, de 18 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la economía azul y el impulso de la sostenibilidad pesquera y acuícola, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.

País/Territorio
España
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2023
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial del Estado Nº 183, 2 de agosto de 2023.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Acuicultura Marinocultura Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Fondo especial Aparejos de pesca/métodos de pesca Manejo y conservación pesquera Biodiversidad Subvención/incentivo Investigación
Área geográphica
Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional
Entry into force notes
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Resumen

El objeto de esta orden es el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del Programa Pleamar, gestionado por la Fundación Biodiversidad FSP (en adelante FB) en el marco de su labor como Organismo Intermedio del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (en adelante FEMPA) tal y como se recoge en el Programa Operativo Español del FEMPA (en adelante POFEMPA). La finalidad de este Programa Pleamar es apoyar al sector pesquero y acuícola en su apuesta por la sostenibilidad a través del fomento a la investigación científica y técnica y a la innovación, así como reforzar su compromiso con la protección, conservación y restauración del patrimonio natural y la biodiversidad, favoreciendo la inclusión de políticas y acciones conducentes a la reducción de las brechas de género y la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Así mismo, se deberá tener en cuenta la accesibilidad universal para las personas con discapacidad, por razón del objeto de las operaciones a desarrollar que se especificarán en cada una de las convocatorias. Los proyectos deben aportar características innovadoras o de desarrollo experimental (al menos en el ámbito de actuación del proyecto), que deberán acreditarse en la fase de solicitud, tal y como se prevé en el apartado 11 del documento de Criterios para la selección de operaciones aprobado por el Comité de Seguimiento del FEMPA, (en adelante CSFEMPA). Los proyectos deberán incorporar, en todos los casos, un elemento de novedad o de mejora sustancial.

Texto completo
Español
Página web
www.boe.es