Orden Ejecutiva Nº 2020-034 - A los fines de enmendar el toque de queda establecido en la OE-2020-033. País/Territorio Puerto Rico (EUA) Tipo de documento Reglamento Fecha 2020 Fuente FAO, FAOLEX Materia Alimentación y nutrición, General Palabra clave Salud pública Protección del consumidor Venta Seguridad alimentaria Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Resumen La Orden enmenda la Sección 1 de la OE-2020-033 reduciendo el orario entre el qual está permitido salir de la vivienda (5:00 a.m. a 7:00 p.m. y no hasta la 9:00pm), y establece que aquellos comercios de los autorizados en la OE-2020-033 a operar hasta las 8:00 p.m., solo podrán recibir y atender entre 7:00 p.m. a 8:00 p.m., de permanecer abiertos, a aquellas personas que trabajen en hospitales, laboratorios tecnológicos y agentes del orden público que así se puedan identificar. Texto completo Español Página web www.lexjuris.com Referencias - Legislación Enmienda Orden Ejecutiva Nº 2020-033 - A los fines de continuar las medidas tomadas para controlar el riesgo de contagio del coronavirus (COVID-19) en Puerto Rico. Legislación | Puerto Rico (EUA) | 2020 Palabra clave: Salud pública, Productos agrícolas, Pesca marítima, Pesca no-comercial, Venta, Seguridad alimentaria, Negocios/industria/corporaciones, Pobreza, Procesamiento/manipulación, Comercio interior Fuente: FAO, FAOLEX